07/01/2020
Instalaciones CON excedentes NO ACOGIDAS A COMPENSACIÓN
En los casos en que el consumidor no desee adherirse al mecanismo de compensación de excedentes, o no se cumpla alguna de las condiciones necesarias para acogerse a él, la instalación volcará a la red los excedentes de energía no autoconsumida instantáneamente ni almacenada.
Esta energía excedentaria será vendida en el mercado eléctrico y recibirá el mismo tratamiento que el resto de energía producida por fuentes renovables, cogeneración y residuos, siendo aplicables el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) del 7% y el peaje de generación de 0,5 €/MWh.